Uno de los principales problemas que contaminaron el
proceso constituyente de 1999 fue la enorme fuerza de gravitación que ejercía
Chávez, convertido en el hombre más poderoso de Venezuela; su mentada
“revolución” tenía al país atento a sus iniciativas, entre las cuales estaba la
de convocar una constituyente para darle al país una nueva Constitución.
La nueva carta Magna, que se imaginaba el nuevo
presidente de Venezuela, complacería sus apetitos por un nuevo orden y una
nueva Venezuela; era más que conocida su posición de que nada en el país servía
para sus propósitos políticos, el simple hecho de su juramentación sobre la
“moribunda Constitución de 1961” era un indicativo de que las cosas estaban por
cambiar.
Afortunadamente, no se atrevió a avanzar más de lo que su
situación como nuevo gobernante le permitía, las instituciones jurídicas y
muchos de los participantes en la constituyente frenaron su ambición de
adelantar una constitución socialista; una vez iniciados los procedimientos
para confeccionarla, sus deseos se vieron truncados por excesos de técnicas jurídicas
y procesales y por una hermenéutica y un lenguaje que no manejaba. Favorablemente
para el país, la nueva Constitución de 1999 resultó de un tono conciliatorio y
se aprovechó, por juristas del viejo “stablishment”, para introducir una serie
de modificaciones que ya venían estudiándose desde hacía un buen tiempo.
Pero aún así, el texto constitucional estaba confeccionado
para una mentalidad estatista y las aspiraciones ciudadanas fueron relegadas a
un segundo plano.
Leer los pormenores de aquel trabajo legislativo, en el estudio
de Allan Brewer Carías “PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO Y ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUYENTE (Comentarios sobre la interpretación jurisprudencial relativa
a la naturaleza, la misión y los límites de la Asamblea Nacional
Constituyente)”, nos ofrece una buena bitácora de ese esfuerzo que concluyó en
la “mejor constitución del mundo”, eso que en realidad fue un intento por
frenar la ambición desmedida del Comandante presidente y su deseo de imponer su
voluntad para transformar el país en un cuartel, su cuartel.
Para dar un ejemplo de lo que digo, uno de los conceptos de
constitución que se manejaron durante el proceso constituyente, nos dice Brewer,
fue el de Donnedieu de Vabres, en su libro L'Etat, donde expresa: “El objeto de una Constitución es establecer
un orden racional claro y estable que evite, en la medida de lo posible, la
subversión, el golpe de Estado, las intrigas palaciegas, las agitaciones
colectivas y los delitos políticos”.
En una constitución de corte estatista, el estado se
convierte en el principal sujeto a regular, no son las relaciones
ciudadano-estado las que se consideran, sino la potestad del estado como
autoridad; este tipo de enfoque le conviene a los partidos políticos y personas
que creen en esta relación de poder.
El tema constitucional siempre fue uno de mis favoritos
en mis estudios de derecho y, de cuando en vez, me sumerjo con verdadero placer
en la lectura de algunos de sus tratados, que son tan abundantes y hay tal
variedad de opiniones, que me recuerdan mucho los trabajos de ciencia ficción
que discuten la formación de mundos lejanos e imperios galácticos; el trabajo intelectual,
que se requiere para construir un estado, es casi el mismo que se necesita para
inventar una civilización alienígena.
Porque hay dos maneras de ver el derecho constitucional:
desde el punto de vista de la confección del Estado, que es el que gusta a los estatistas,
que se centra en regular y organizar instituciones de gobierno para dirigir las
actividades y destino de una sociedad, y tratan de controlar la fuerza bruta de
un colectivo o pueblo, al cual deben la soberanía, canalizándola y transformándola
en poder institucional y político.
En el otro lado está el que a mí me gusta, que concibe el
diseño de la constitución como la manera de regular la relación entre una
sociedad libre y democrática y esos funcionarios públicos encargados de
servirnos en ciertos y particulares menesteres, donde sólo en casos de
excepción pueden utilizar la fuerza para corregir injusticias y peligros para el
orden y la paz. Donde prevalece la
actividad organizada de particulares o asociaciones con fines productivos y de
avance social y no esa pesada carga de autoridad regimental que se distrae en
asuntos fiscalizadores, de planificación y de seguridad para el Estado.
Son dos maneras opuestas de ver ese constructo humano que
se llama Estado, sobre el que hemos delegado el monopolio legal del uso de la
fuerza, que es el corazón de todo Estado y por lo cual, hay que cuidarse de
hacer un buen trabajo constitucional que regule adecuadamente ese poder.
Los estatistas van a propugnar por que el Estado tenga
más poder y discrecionalidad en la intervención, para hacer que una sociedad
avance de acuerdo a un plan, que por lo general considera obligación del Estado
guiar y establecer las maneras de que la sociedad se desarrolle; esta forma de
gobierno busca un estado fuerte e interventor en los asuntos sociales y es la
forma de entender la Constitución que ha prevalecido en nuestro país, es el
modelo constitucionalista continental europeo, donde el estado se abroga como
entidad, el derecho de iniciar la violencia cuando lo considere necesario (en muchas
ocasiones, aplica la violencia cuando el estado se vea o se sienta amenazado,
interna o externamente).
Los civilistas, al contrario, buscamos que esa capacidad
que tiene el Estado en la aplicación de la fuerza no sea discrecional, ni se
convierta en un derecho del aparato estatal; la constitución debe regular que
esa acción coercitiva del Estado sólo sea usada cuando nuestros derechos como
ciudadanos estén en peligro, para proteger a las personas de la violencia
física, venga de donde venga, pero de ninguna manera puede el estado iniciarla;
cuando somos agredidos nuestro derecho a la legítima defensa se lo transferimos
al estado, para que este, de acuerdo a la ley, lo ejerza contra quien haya
comenzado la agresión, interna o externamente.
La Constitución que se dio el país en 1999 es
absolutamente estatista, cosa que complació a Chávez hasta que se le hizo incómoda
para sus planes de control y totalitarismo. Y si me preguntan ¿Hay necesidad de
una nueva constituyente? Mi respuesta es: sí, es necesario y cuanto antes;
Venezuela no resiste la hegemonía del estado sobre la sociedad, y menos dentro
de un sistema altruista-colectivista-militarista. Mientras el estado juegue ese
papel tutelar en nuestras vidas, no habrá paz ni futuro; fuimos todos
emasculados por una constitución de corte socialista, necesitamos recobrar
nuestras libertades y eso obligatoriamente pasa por una constituyente.
La constituyente es la herramienta apropiada para
desmontar el estado gigantesco en que el poder político ha convertido nuestro
gobierno: una burocracia desmedida, muy costosa y con cero rendimiento y que,
para colmo de males, tiene paralizado el país; la constituyente es la única
manera de meter en cintura al estado, para convertirlo en un sistema de instituciones
al servicio del pueblo, para devolverle su tamaño humano, desacralizarlo y restituir
a la sociedad civil su papel rector en los asuntos y destino de Venezuela.
Repito, sólo quienes medran del estado todopoderoso, esos
políticos que sueñan con un poder desmedido sobre sus conciudadanos, esas
organizaciones no democráticas, que anteponen la coerción a la convivencia y
desean beneficiarse de un aparato burocrático, dueño de todas las riquezas y de
todo el poder, que sustentan su política partidista clientelar en la promesa de
ocupar todos los cargos de administración pública con sus adeptos, ellos son
los que se negarían a una rectificación que nos devuelva la posibilidad de
tener país.
Si bien es cierto que una constituyente no es la
herramienta para sacar a un presidente del poder (yo creo en la renuncia), sí
es la manera más expresa de cambiar el sistema político y la visión de un país.
– saulgodoy@gmail.com




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